viernes, 19 de julio de 2013

La intervención pericial

La acción jurídica, es la operación que permite dilucidar a las partes en conflicto, sus intereses y necesidades verdaderas, cuestionadas por normas establecidas. La justicia ambiental es la interpretación de las Normas, procesadas en una contienda por un conflicto expuesto sobre la Ley. La valoración de esa interpretación cambia con el tiempo, con las costumbres, con los intereses del poder y el dinero. Esa subjetividad de valores, constituye la base de las consecuencias doctrinarias. Mientras que las normas son el producto de largas deliberaciones, acuerdos de actores varios. Principalmente, mecanismos científicos, para abordar problemáticas sociales; con objeto de darles soluciones pacíficas de convivencia a los involucrados. La responsabilidad civil que encierra la contaminación ante el perjuicio, era la indemnización o el resarcimiento. Hoy, es la recomposición. Sin embargo la responsabilidad penal de los directivos, no se exige; esgrimiendose, que faltan solo al poder delegado; aunque los representantes legales, sí podrían ser castigados por negligencia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario